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Repro II: establecieron los requisitos para la preselección y selección de empresas

El Ministerio de Trabajo nacional oficializó los requisitos de preselección y selección para el Programa de Recuperación Productiva II (Repro II), que procuran facilitar el acceso a esta ayuda a un mayor número de empresas.

Así lo hizo a través de la Resolución 311/2021 publicada en el Boletín Oficial, que adopta recomendaciones formuladas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa Repro II en su acta número 7, en lo que respecta a los salarios devengados en mayo último.

En cuanto a los criterios de preselección, el Comité estableció que, para los sectores críticos, se tomará la facturación registrada en mayo de 2019 y el periodo comprendido entre el 1 y el 24 de mayo de este año, y la diferencia debe dar como mínimo una caída de 20% en términos reales y un aumento como máximo del 69% en términos nominales.

Estos mismos parámetros de facturación se aplicarán a los sectores no críticos, con la diferencia de que la comparación se hará entre abril de 2019 y el mismo mes de este año.

Respecto del Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos, la nueva disposición del Ministerio de Trabajo establece que se tomarán los mismos valores que los sectores críticos y afectados no críticos, en cuanto a la variación de la facturación, comparando la de mayo de 2019 con la del periodo comprendido entre el 1 y el 24 de mayo de este año.

En tanto, tal como había sido anunciado, para este mes el Gobierno aumentó a $ 22.000 la asistencia para las trabajadoras y trabajadores en empresas de sectores críticos, el mismo monto que para los de salud.

También se amplió la nómina de sectores críticos, y se le aplicó un tratamiento diferenciado a las empresas con trabajadoras y trabajadores dependientes que prestan servicios en centros de compras. En tanto, dejó en $ 9.000 el subsidio a los no críticos afectados.

Además, resolvió incrementar para el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos el monto de beneficio también a $ 22.000, se amplió la nómina de sectores en condiciones de acceder al programa y se redujo el número de aportes a los regímenes de monotributo y autónomo, a dos pagos.

En lo que respecta a los sectores afectados no críticos y al sector salud, los parámetros para la variación de la facturación y del IVA compras serán los mismos que para la variación de la facturación en la fase de preselección.

Así, los umbrales definidos para los sectores no críticos y salud, del 69% y 112% respectivamente, mantienen en términos reales un requerimiento menos exigente que el planteado entre enero y marzo.

Del mismo modo, el Comité volvió a considerar que no es necesario diferenciar el parámetro de la variación de la facturación y del IVA compras para las empresas de acuerdo con su tamaño, ya sean de menos de 800 o de 800 o más trabajadores.

Para el caso de la variación de la relación entre el costo laboral y la facturación para los sectores no críticos, también mantuvo la reducción de la exigencia que planteaba el parámetro fijado en marzo, de mayor a -20% a superior a -10%, y la condición de cumplimiento obligatorio.

En tanto, para los parámetros aplicados a los indicadores incluidos de endeudamiento (mayor a 0,6), variación del consumo de energía eléctrica y gasífera (menor a 0%) se mantienen los mismos valores definidos en marzo.

Del mismo modo, respecto de la variación de las importaciones, debe ser de una caída de 20% como mínimo para empresas de menos de 800 de trabajadores, y de 30% para el resto.

Al igual que en abril, el parámetro referido al indicador de liquidez corriente debe ser menor a 2,5 en todos los sectores beneficiarios del Repro II.