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AEHG La Plata participó en la disertación sobre la Ley de Bases en su Capítulo Laboral en FEHGRA

Representantes de AEHG La Plata participaron de la reunión realizada en FEHGRA para tratar la nueva Ley de Bases y su implicancia en el ámbito hotelero y gastronómico.

La Entidad estuvo representada por el vocal titular 3º, Matías Barone; el asesor Mario Colombini; y la asesora Paola Aldana Ríos. También estuvo la prosecretaria de FEHGRA, Verónica Sánchez.

El encuentro se realizó el jueves 1 de agosto por la mañana y tuvo como objetivo analizar los cambios que introdujo la nueva ley en lo referente a los establecimientos hoteleros y gastronómicos.

Las principales modificaciones que introduce la ley son sobre moratoria provisional, privatización de empresas públicas, modificaciones en el RIGI, impuesto a las ganancias y bienes personales.

En cuanto a la moratoria provisional, se suspendió su eliminación, la herramienta que permite acceder a una jubilación si se cuenta con la edad jubilatoria y se necesita regularizar la deuda de aportes previsionales.

También se modificó el artículo 7 de “empresas sujetas a privatización”, y se eliminaron Aerolíneas Argentinas, el Correo Argentino y Radio y Televisión Argentina (RTA) (TV Pública, Radio Nacional y sus 40 repetidoras en el país).

Además, se incluyeron nuevos organismos que no se podrán disolver, como la Comisión de Energía Atómica y los entes vinculados a la cultura, así como el financiamiento para cumplir del Plan Nacional de Ciencia 2030.

Sobre el Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones (RIGI), se aprobó con una serie de modificaciones que incluyen: se agregó al petróleo, gas, siderurgia y turismo como actividades que podrán participar del régimen de supuestas grandes inversiones, siempre y cuando cumplan los requisitos del régimen. Estas ramas se sumaron a la infraestructura, energía, tecnología, forestal y minería que ya figuraban en el texto que tenía media sanción de Diputados.

En el apartado sobre el impuesto a las ganancias, se rechazó por completo el título V del paquete fiscal, que restituía la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias, correspondiente a trabajadores en relación de dependencia.

También se rechazó el título III del paquete fiscal que establecía modificaciones en el régimen de Bienes Personales, que grava la tenencia de propiedades en el país y en el exterior.

Por otra parte, la ley introduce cambios introducidos al régimen de monotributo/pequeños contribuyentes, pero rechazó un artículo que eliminaba el monotributo social.

Los artículos aprobados actualizan y unifican los máximos de facturación hasta $68 millones anuales. Los cambios también aumentan entre un 200% y un 300% los topes de cada categoría: la categoría A (la más baja) podrá facturar hasta $6.4 millones anuales (actualmente era de $2,1 millones), mientras que la K (la más alta) tendrá el tope de $ 68 millones.

Sin embargo, se rechazó la eliminación del monotributo social, una herramienta destinada principalmente a trabajadores de la economía social, que actualmente alcanza a más de 600 mil personas.

En lo concerniente al régimen laboral, se dispuso que los sindicatos estatales no podrán descontar parte del salario de los trabajadores que no estén afiliados o que no hayan expresado de forma explícita su acuerdo para que el gremio realice dicho descuento. También determina que a aquellos trabajadores que realicen una huelga se les descontará un proporcional por las horas no trabajadas, sin ningún tipo de sanción administrativa.

En tanto, establece que aquellos funcionarios de órganos u organismos que sean eliminados serán pasados a disponibilidad por hasta 12 meses y que después serán desvinculados de la Administración Pública Nacional si no consiguen otro puesto.

El Título IV del texto está destinado a la “promoción del empleo registrado” en el sector privado, que permite a los empleadores regularizar vínculos laborales que comenzaron antes de que la ley entre en vigor, concediéndoles un período de 90 días para hacerlo. Los empresarios quedarán eximidos de cualquier acción legal y deudas relacionadas con infracciones, multas y sanciones.

No obstante, el título V, sobre el nuevo laboral, que entre las principales medidas aparece la extensión del período de prueba de 3 a 9 meses y la creación de un fondo de cese laboral optativo a determinar en los convenios colectivos de trabajo como alternativa a las indemnizaciones.

La Entidad estuvo representada por el vocal titular 3º, Matías Barone; el asesor Mario Colombini; y la asesora Paola Aldana Ríos. También estuvo la prosecretaria de FEHGRA, Verónica Sánchez.

El encuentro se realizó el jueves 1 de agosto por la mañana y tuvo como objetivo analizar los cambios que introdujo la nueva ley en lo referente a los establecimientos hoteleros y gastronómicos.

Las principales modificaciones que introduce la ley son sobre moratoria provisional, privatización de empresas públicas, modificaciones en el RIGI, impuesto a las ganancias y bienes personales.

En cuanto a la moratoria provisional, se suspendió su eliminación, la herramienta que permite acceder a una jubilación si se cuenta con la edad jubilatoria y se necesita regularizar la deuda de aportes previsionales.

También se modificó el artículo 7 de “empresas sujetas a privatización”, y se eliminaron Aerolíneas Argentinas, el Correo Argentino y Radio y Televisión Argentina (RTA) (TV Pública, Radio Nacional y sus 40 repetidoras en el país).

Además, se incluyeron nuevos organismos que no se podrán disolver, como la Comisión de Energía Atómica y los entes vinculados a la cultura, así como el financiamiento para cumplir del Plan Nacional de Ciencia 2030.

Sobre el Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones (RIGI), se aprobó con una serie de modificaciones que incluyen: se agregó al petróleo, gas, siderurgia y turismo como actividades que podrán participar del régimen de supuestas grandes inversiones, siempre y cuando cumplan los requisitos del régimen. Estas ramas se sumaron a la infraestructura, energía, tecnología, forestal y minería que ya figuraban en el texto que tenía media sanción de Diputados.

En el apartado sobre el impuesto a las ganancias, se rechazó por completo el título V del paquete fiscal, que restituía la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias, correspondiente a trabajadores en relación de dependencia.

También se rechazó el título III del paquete fiscal que establecía modificaciones en el régimen de Bienes Personales, que grava la tenencia de propiedades en el país y en el exterior.

Por otra parte, la ley introduce cambios introducidos al régimen de monotributo/pequeños contribuyentes, pero rechazó un artículo que eliminaba el monotributo social.

Los artículos aprobados actualizan y unifican los máximos de facturación hasta $68 millones anuales. Los cambios también aumentan entre un 200% y un 300% los topes de cada categoría: la categoría A (la más baja) podrá facturar hasta $6.4 millones anuales (actualmente era de $2,1 millones), mientras que la K (la más alta) tendrá el tope de $ 68 millones.

Sin embargo, se rechazó la eliminación del monotributo social, una herramienta destinada principalmente a trabajadores de la economía social, que actualmente alcanza a más de 600 mil personas.

En lo concerniente al régimen laboral, se dispuso que los sindicatos estatales no podrán descontar parte del salario de los trabajadores que no estén afiliados o que no hayan expresado de forma explícita su acuerdo para que el gremio realice dicho descuento. También determina que a aquellos trabajadores que realicen una huelga se les descontará un proporcional por las horas no trabajadas, sin ningún tipo de sanción administrativa.

En tanto, establece que aquellos funcionarios de órganos u organismos que sean eliminados serán pasados a disponibilidad por hasta 12 meses y que después serán desvinculados de la Administración Pública Nacional si no consiguen otro puesto.

El Título IV del texto está destinado a la “promoción del empleo registrado” en el sector privado, que permite a los empleadores regularizar vínculos laborales que comenzaron antes de que la ley entre en vigor, concediéndoles un período de 90 días para hacerlo. Los empresarios quedarán eximidos de cualquier acción legal y deudas relacionadas con infracciones, multas y sanciones.

No obstante, el título V, sobre el nuevo laboral, que entre las principales medidas aparece la extensión del período de prueba de 3 a 9 meses y la creación de un fondo de cese laboral optativo a determinar en los convenios colectivos de trabajo como alternativa a las indemnizaciones.